Ayudas para las actividades de las peñas en Sanfermines

Navarra Televisión
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El Ayuntamiento busca impulsar las actividades organizadas por las peñas que deberán incluir un mínimo de 8 desarrolladas en al menos 4 de los 9 días

Imagen de archivo de una peña en Sanfermines - Foto: ARCHIVO

El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado ayudas destinadas a la participación de las peñas en las fiestas de San Fermín. La convocatoria, dotada con 81.750 euros, busca el fomento de las actividades organizadas por las peñas de Pamplona que intensifiquen el ambiente festivo. Estas actividades deben ser abiertas y celebrarse en la calle.

Los proyectos que se presenten deberán incluir un mínimo de 8 actividades desarrolladas en al menos 4 de los 9 días de San Fermín. Los requisitos para acceder a las ayudas, que se repartirán a partes iguales entre los solicitantes, son ser una peña legalmente constituida, con domicilio fiscal y social en Pamplona, carecer de fines de lucro y contar, entre sus objetivos, con la realización de actividades relacionadas con el objeto de esta convocatoria.

Las solicitudes se presentan telemáticamente en el registro electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Son subvencionables los gastos de la charanga que se contrate durante las fiestas de San Fermín para participar en las distintas actividades (honorarios, desplazamientos, alojamiento y/o manutención), gastos de los derechos de autor ocasionados por la música que se interprete en las actividades programadas de cada peña y que sean objeto de esta convocatoria, y gastos ocasionados por el uso de autobuses o cualquier otro medio de transporte colectivo para los desplazamientos de la peña en la realización de las actividades subvencionadas, según ha informado el Ayuntamiento.

También se incluyen los gastos de la confección de la pancarta de la peña, gastos de contratación de actividades infantiles u otras actuaciones que se realicen en la calle y con carácter abierto y gratuito, y gastos originados por la difusión de estas actividades. En ningún caso se pueden incluir como gastos subvencionables los abonos para los toros, ni gastos de comidas y bebidas, salvo manutención de charangas.