Formada la Junta Arbitral para personas con discapacidad

Navarra Televisión
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Se encargará de resolver posibles quejas y reclamaciones de las 36.000 personas con discapacidad que residen en la Comunidad foral sin necesidad de recurrir a la vía judicial

La Junta Arbitral de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de Navarra, creada en 2024 mediante un convenio con el Gobierno de España para resolver posibles quejas y reclamaciones de las 36.000 personas con discapacidad que residen en la Comunidad foral sin necesidad de recurrir a la vía judicial, ha mantenido este martes su primera reunión.

En el encuentro han participado, entre otros, el vicepresidente primero y consejero de Presidencia e Igualdad del Gobierno de Navarra, Félix Taberna, el director general de Presidencia, Gobierno Abierto y relaciones con el Parlamento, Joseba Asiain, la presidenta del Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Navarra (CERMIN), Mariluz Sanz, y el secretario general de la Confederación Empresarial de Navarra (CEN), Carlos Fernández Valdivieso.

En declaraciones a los medios de comunicación antes de la sesión, Taberna ha destacado que "los poderes públicos, lógicamente, tienen que apostar por la plena inclusión" así como "por la accesibilidad universal y por la no discriminación". En este sentido, ha remarcado que esta Junta es "un órgano administrativo de intermediación entre las personas con discapacidad que puedan tener alguna queja, alguna reclamación, con las empresas".

Primera reunión de la Junta Arbitral de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de Navarra Primera reunión de la Junta Arbitral de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de Navarra - Foto: E.P

"Es una Junta Arbitral, como ya existe en Navarra. Fundamentalmente, conocemos la Junta Arbitral Laboral, también conocemos la Junta Arbitral de Consumo, y ahora añadimos esta Junta Arbitral para la Accesibilidad Universal", ha subrayado.

A su juicio, "es muy importante" contar con el CERMIN, "como representante mayoritario legítimo de las personas con discapacidad", y con la CEN", "para que juntos iniciemos este proceso que es un proceso inédito", ya que Navarra es la primera comunidad "que tiene este instrumento de mediación en este ámbito".

"Es algo que veníamos anhelando desde hace tiempo, porque hubo un Real Decreto de ámbito estatal en el año 2006, posteriormente una ley foral en el año 2010 y, posteriormente, a finales del año pasado, el Gobierno de Navarra, con el Ministerio de Derechos Sociales, firmó un convenio para acordar y coordinar la Junta Arbitral con el ámbito estatal", ha dicho.

Por su parte, Fernández Valdivieso ha destacado "la experiencia del Tribunal Laboral, un órgano que lleva muchos años funcionando y funcionando muy bien en esa mediación". "Y en este caso, desde la Confederación Empresarial Navarra lo que perseguimos es la igualdad de oportunidades y no discriminación y accesibilidad universal", ha señalado, tras apostar por, "en la medida en que seamos capaces, agilizar aquellas disputas en donde se hayan podido vulnerar algunos derechos" y que "a través de esta Junta Arbitral se le pueda dar una solución más rápida, más ágil y, en definitiva, mejor para las dos partes de la disputa".

"Tenemos ese antecedente del Tribunal Laboral, que funciona muy bien. Por lo tanto, en la medida de lo posible, trasladar ese caso de buenas prácticas y buena experiencia a esta Junta Arbitral", ha subrayado.

En nombre del CERMIN, Mariluz Sanz ha valorado que "es la primera Junta que se crea a nivel estatal en una comunidad autónoma y creemos que va a dar respuesta a muchas de las quejas que tienen las personas con discapacidad". "Sobre todo en la falta de accesibilidad, que es un derecho que tienen y que está reconocido y que a veces es muy difícil llevar a cabo, y es la llave que abre el acceso a casi todos sus derechos", ha dicho.

Ha añadido Sanz que "tendremos que hacer también un poco de pedagogía con las personas con discapacidad", porque "entrar en un tema judicial a gente le cuesta mucho" ya que "no está acostumbrada". "Creemos que esto es una medida que puede facilitar que todas esas quejas se encaucen", ha señalado.

Además, ha esperado que "las empresas se adhieran a esto, porque si no se adhieren, no va a poder hacer nada la Junta Arbitral". "Es trabajo de un poco de todos que esto salga adelante y que esa cercenación de derechos, que se produce casi todos los días, cada vez sea menos y más residual", ha manifestado.

MECANISMO DE LA JUNTA ARBITRAL

Este organismo ofrece intermediación a las partes implicadas para que, "de manera voluntaria, puedan alcanzar un acuerdo que ponga fin al conflicto de una manera más rápida, eficaz y económica que lo que puede ser la vía judicial ordinaria". En caso de que no haya acuerdo, se procederá a un laudo arbitral. Las resoluciones alcanzadas en esta Junta Arbitral tendrán carácter vinculante y ejecutivo.

El procedimiento de reclamación que podrá valorar esta nueva Junta Arbitral se inicia siempre a instancia de la persona con discapacidad. En el proceso arbitral intervienen dos tipos de órganos: la Junta Arbitral encargada de la administración del arbitraje y los órganos arbitrales, que son quienes conocen de la controversia concreta y emiten el laudo, designados para cada caso concreto.

Ante una reclamación concreta, una vez comprobado por la Junta Arbitral que la solicitud de arbitraje es admisible y que ambas partes aceptan que el conflicto se resuelva a través de este procedimiento de manera voluntaria, son las personas encargadas de arbitrar las que resolverán la reclamación, "siempre oyendo a ambas partes e intentando, en su caso, que éstas lleguen a un acuerdo".

La queja o reclamación es resuelta por un árbitro único o, cuando la cuantía del hecho reclamable es superior a 3.000 mil euros, por un órgano arbitral integrado por tres miembros, cada uno de los cuales será propuesto, respectivamente, por la Administración pública, las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias y las organizaciones de carácter económico sin ánimo de lucro, en ambos casos, con mayor implantación en Navarra.

La decisión adoptada, vinculante para ambas partes, tiene la misma eficacia que una sentencia. Contra el laudo dictado por el colegio arbitral sólo cabe el recurso de anulación ante la Audiencia Provincial en un plazo de dos meses. Si las partes llegan a un acuerdo por sí mismas a lo largo del procedimiento, éste será recogido en un laudo llamado conciliatorio, con el fin de que tenga la misma eficacia que si de una sentencia judicial se tratase.

La Junta Arbitral es competente para valorar quejas y reclamaciones en ámbitos como telecomunicaciones y sociedad de la información, espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación, transportes o bienes muebles e inmuebles, productos, servicios, actividades o funciones comercializados en régimen de derecho privado.

No podrán ser valoradas las controversias sobre las que exista resolución judicial firme y definitiva, las cuestiones en las que según la legislación vigente deba intervenir el Ministerio Fiscal, aquellas en las que concurran indicios razonables de delito, cuestiones que estén determinadas en contratos administrativos, aquéllas en que las partes no tengan poder de disposición o asuntos de arbitraje laboral. Las empresas que voluntariamente se adhieran a este sistema arbitral tendrán derecho a una distinción oficial de adhesión.

Este sistema destaca por su "rapidez", al contar con un tope máximo de cuatro meses desde el inicio del proceso arbitral; su "eficacia", porque resuelve mediante un laudo o resolución arbitral de ejecución obligada, como si se tratara de una sentencia, sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria y sin límite máximo o mínimo para la cuantía reclamada, y por ser "más económico", porque es gratuito para las partes, que sólo deben costear la práctica de pruebas en determinados supuestos.